El Poder Judicial de la Nación está compuesto por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, los tribunales inferiores de la Nación (Juzgados de primera
instancia y Cámaras de apelaciones) y el Consejo de la Magistratura.
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Es la instancia superior dentro del Poder Judicial. Entiende sobre los recursos
extraordinarios en todos aquellos puntos regidos por la Constitución y las
leyes de la Nación, y posee competencia en forma originaria y exclusiva en
todos los asuntos que conciernen a embajadores, ministros y cónsules
extranjeros, y en los que alguna provincia fuese parte. Tiene a su cargo,
conjuntamente con el Consejo de la Magistratura, la administración del Poder
Judicial.
Según la ley 26.183 sancionada en 2006 la Corte Suprema de Justicia debe ser
integrada por 5 jueces.
Los jueces de la CSJ son nombrados por el Presidente de la Nación con el
acuerdo del Senado a partir del voto de los dos tercios de sus miembros
presentes. (Art. 99 CN)
Para poder ser nombrado juez de la CSJ es necesario ser abogado de la
Nación con ocho años de ejercicio y tener las calidades requeridas para ser
Senador (Art. 111 CN).
Consejo de la Magistratura
Es un órgano colegiado, representativo de diversos sectores del poder
público. Tiene a su cargo la selección de los magistrados y la administración
del Poder Judicial pero no ejerce sus mismas funciones. (Art. 114 CN).
Corresponde al Consejo de la Magistratura:
- Selección de magistrados.
- Emitir propuestas en ternas vinculantes, para el nombramiento de los magistrados de los tribunales inferiores.
- Administrar los recursos judiciales. Nombra al Administrador General del
Poder Judicial.
- Ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados.
- Decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados.
- Dictar los reglamentos relacionados con la organización judicial y todos aquellos que sean necesarios para asegurar la independencia de los jueces y a eficaz prestación de los servicios de justicia.